Declaración en aduana para equipaje facturado
1 - DECLARO:
a) que el equipaje que se indica a continuación solo contiene objetos personales de uso habitual y en situación aduanera regular, utilizados habitualmente durante el viaje, tales como ropa, ropa de hogar, artículos de aseo, libros y equipamiento deportivo, y que dichos objetos no se importan con fines comerciales.
b) que este equipaje no contiene:
– alimentos, tabaco, bebidas alcohólicas, anetol, armas de fuego, armas blancas, municiones, material explosivo, drogas, animales vivos, plantas, aparatos emisores o emisores-receptores de radio, especies protegidas y productos obtenidos a partir de especies protegidas por el Convenio de Washington del 3 de marzo de 1973 sobre el comercio internacional de especies de fauna y flora silvestres amenazadas de extinción; artículos prohibidos que atenten contra el orden público y todas las falsificaciones.
– Mercancías destinadas a la distribución gratuita u onerosa, a una actividad profesional o al comercio.
– Objetos comprados o recibidos fuera del territorio aduanero y que aún no hayan sido declarados a la administración aduanera del país de residencia habitual (esta restricción solo es válida en caso de regreso al país de residencia habitual). La franquicia para los viajeros procedentes de un país de la Unión Europea es de 430 € para las personas mayores de edad.
– Sumas, títulos o valores superiores o iguales a 10 000 € o su contravalor en moneda extranjera.
– En términos más generales, cualquier otra mercancía prohibida por el código aduanero francés.
2 - AUTORIZO:
a la compañía aérea o al subcontratista a realizar todos los trámites aduaneros.
3 - RECONOZCO:
que me expongo a una multa y, en particular, a la incautación de las mercancías en caso de declaración inexacta.
Mediante la presente declaración, el pasajero declara haber leído y comprendido las condiciones aduaneras y confirma que no tiene nada que declarar.
LA FIRMA DE LA PRESENTE DECLARACIÓN NO IMPIDE QUE LA ADUANA CONTROLAR EL EQUIPAJE EN CUESTIÓN.